Derecho Bancario - Ley de la Segunda Oportunidad

La crisis, el desempleo, la pandemia o una mala racha puede llevar a una persona, a un autónomo o a una familia a una situación de insolvencia grave. Sin embargo, la Ley de 2015, permite encarrilar la vida y volver a empezar de nuevo sin tener que cargar indefinidamente con la pesada carga de las deudas.

Ley de la Segunda Oportunidad

Se pueden paralizar embargos y todo tipo de procedimientos, dejando además de devengar intereses, con esta Ley de segunda oportunidad en un plazo que va desde los 2 meses (acuerdo de quita con acreedores en un 50% y espera del resto hasta 10 años) a un año, como término medio, que un juez emita sentencia con el BEPI (Beneficio de Exoneracion de Pasivo Insatisfecho) o perdón de la deuda.

La Ley exige buena fe del deudor y cumplir ciertos requisitos

  • Que el Concurso no sea declarado culpable.
  • Que el deudor no haya sido condenado por delitos socioeconómicos, patrimoniales o falsedad documental en los 10 años anteriores a la declaración del concurso.
  • Que haya celebrado o intentado un acuerdo extrajudicialde pagos con sus acreedores.
  • Que haya satisfecho en su integridad los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados y, si no hubiera intentado un acuerdo extrajudicial de pagos previo, al menos, el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.
  • Que no se haya obtenido el beneficio de la segunda oportunidad en los diez últimos años.
  • Que no se haya rechazado una oferta empleo adecuada a la capacidad del deudor.
  • Que se acepte expresamente su inclusión en el Registro Público Concursal por un plazo de cinco años.
  • Que la estimación inicial del pasivo del deudor no supere los cinco millones de euro